Un Juez en el País Vasco pone en duda la legalidad constitucional de las multas a los usuarios de los vehículos que dan positivo en el consumo de drogas.
Ir conduciendo y dar positivo en un control antidrogas en España hay multas que ascienden a 1000 euros más la retirada de seis puntos en el carnet de conducir, una sanción muy dura. Este Juez de Vitoria ha solicitado al tribunal constitucional que clarifique si esta medida es constitucional.
Este Juez pidió al alto Tribunal que clarifique esta medida por un recurso de una persona que dio positivo en un control por marihuana y anfetamina, un pleno al 15 como se suele decir. El recurso impuesto cuestiona la legalidad del artículo 14 de la LTSV ( ley sobre tráfico, circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial).
El artículo 14 de la LTSV dice que no puede circular “el conductor de cualquier vehículo con presencia de drogas en el organismo, de las que se excluyen aquellas sustancias que se utilicen bajo prescripción facultativa y con una finalidad terapéutica, siempre que se esté en condiciones de utilizar el vehículo conforme a la obligación de diligencia, precaución y no distracción”.
Este recurso llega porque en los controles de carretera no se estudia la “diligencia, precaución y no distracción” como marca la ley, ni tan siquiera la concentración de las sustancias encontradas en los controles antidroga en sangre.
Y también en el recurso se solicita que hay o existe una discriminación entre los que conducen demostrando que se les ha sido recetado las drogas por el facultativo y los que no pueden demostrarlo, unos pueden conducir bajo los efectos de las drogas y otros no.
Se puede entender que poseer restos de drogas en el organismo no tienen por qué verse mermadas las facultades para poder conducir. Es más las sustancias que se encuentran en sangre no determinan cuando pueden haberse consumido, es más ni tan siquiera las que se encuentran en la saliva, y que puede producirse un falso positivo, y que muchas drogas pueden encontrarse días y semanas después de su consumo sin tener efectos en la conducción de los vehículos.
Consumir marihuana u otras drogas en el ámbito privado no es ilegal, y esa sustancia puede permanecer durante mucho tiempo en nuestro organismo sin que por ello se vean mermadas nuestras capacidades de conducción. Es por ello que se pide la intervención del alto tribunal para que clarifique esta ley.
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